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La designación de los miembros de la Junta Nacional de Justicia y de las autoridades jurisdiccionales de mayor jerarquía

Publicado: 2019-01-24


El Referéndum dejó el mandato de acabar con el Consejo Nacional de la Magistratura y crear en su lugar a una Junta Nacional de Justicia. En realidad, sólo respondió a un estado de hartazgo de la población graficado por los audios y los vídeos donde en varios casos se ponía en evidencia los acomodos que se hacían para ganar desde ellos la cuota de poder suficiente que les permitiera a muchos operadores políticos gozar de inmunidad o de acercarse a ella. Controlar el Poder Judicial y el Ministerio Público es un objetivo perverso pero efectivo para los fines de quienes perciben a la política como botín.

Las autoridades jurisdiccionales de cualquier nivel y con mayor razón las de más alto rango, requieren una legitimidad especial en tanto que, a diferencia de los poderes políticos, su elección no deriva directamente del pueblo. Esa legitimidad tiene que asentarse en su trayectoria. No en las notas de un examen de conocimientos que llegado el momento no se ponen en práctica sino al servicio del poder, no en las investigaciones que se contradicen con otras investigaciones con el pretexto de la madurez. No. La legitimidad que se requiere es la que le dio a la gente la vida.

Uno de los problemas que existe en la administración pública es el de las llamadas puertas giratorias. El profesor británico Roger Cotterrell estudió eso con cuidado hace varias décadas. “¿Qué hago después que salgo de este cargo?”. Es una pregunta normal para una persona que le queda mucha vida útil por delante. En efecto, ¿qué hace una persona de 50 años que ocupó tan alto sitial? ¿Puede ir a litigar a un juzgado sin ruborizarse? ¿sin levantar preguntas entre los contendores?

Es por ello que para la designación de jueces proponga un sistema en el que los cinco que ocupan los cargos que definirán a sus miembros se pongan de acuerdo para escoger a esas 14 personas (7 titulares y 7 suplentes) de entre peruanos de gran trayectoria y respeto por la democracia y el Estado de Derecho.

Además, deben de ser personas cuyo cargo dure 7 años y que inicien sus funciones con 62 años cuando menos y con 82 como máximo. Incluso si se designa a una persona de 78 años en un momento, ejerza el cargo por esos cinco que le faltan hasta el momento del necesario retiro.

Cuando se deja el cargo a los 69 años o más, será muy, pero muy difícil que una persona respetable vaya a ser vencida por la tentación de poner la justicia de su patria, a la que ha sido llamado a servir como recompensa por su virtud, en manos de fascinerosos.

Para ello no caben exámenes ni concursos. Ni puntajes por supuestos doctorados obtenidos no se sabe en qué universidades o por “investigaciones” muchas veces preparadas por alumnos cuando no por mercenarios. ¿No decían acaso que varios de los hoy cuestionados personajes de la Corte Suprema y del Consejo Nacional de la Magistratura eran de los que más sabían en sus respectivas materias? No se trata de recitar de atrás para adelante en castellano y ruso los códigos o la Constitución. Se trata de personas que sepan apreciar quienes pueden impartir justicia y ser personas buenas y, como decía Domingo García Rada, si sabe Derecho, mejor.

Allí cabe la apreciación de la trayectoria vital de las personas y el buen tino de los seleccionadores. Esa vida es la que habla por ellos: por quienes no se confundieron con una dictadura ayudándola a disfrazar sus embustes, ni se dejaron cegar por el oropel de una riqueza mal habida.

Allí cabe que los 5 electores de estos catorce miembros de las JNJ se pongan de acuerdo en el reconocimiento a juristas que se sabe existen en el Perú y en buena cantidad, pero que no se someten a las horcas caudinas de un examen o una calificación de quienes hoy congresistas no alcanzan ni el 8% de aprobación. ¿Nos imaginamos a Fernando Vidal, Carlos Blancas, Carlos Fernández Sessarego Domingo García Belaunde o a Manuel Sánchez Palacios sometiéndose a un interrogatorio en materia jurídica o sobre episodios contingentes, por parte de un congresista actual? Obvio que no.

Y luego de ello, ofrecerles el cargo en nombre del país. Reiterarles que se les necesita y se les pide realicen una tarea más por el Perú.

La única condición deberá ser que, concluido el desempeño de sus funciones no vuelva a ejercer el derecho ni como magistrado, ni como litigante o consultor. Podrá ser, eso sí, profesor de la materia, si todavía tiene ganas. Regresar a la Academia o a la investigación, a la producción bibliográfica. De esa forma ningún estudio de esos que contratan a los que acaban de ser vice-ministros o ministros directamente, pueda siquiera ponerlo en su membrete.

Naturalmente deberá tener una alta remuneración. Aquí hay que acabar con las envidias y las mediocridades y el pretender que cualquier remuneración media es un “escándalo”. Las personas que desarrollen esas tareas deberán ganar lo suficiente, no para hacerse ricas. Su vida económica prácticamente ya habrá terminado, sino para no gastarse los ahorros con los que pensaron pasar ese otoño que ahora ha de convertirse en una nueva primavera de sus vidas.

No será el dinero, los que a esa altura los deslumbre, sino será el buen nombre y el gran recuerdo que los ha de trascender y el ejemplo en que han de constituirse para las generaciones venideras.

Hay bastante que discutir en esa ley. Porque a su vez, estos elegidos para la Junta Nacional de Justicia deberán determinar de qué forma eligen a los magistrados. ¿Qué sistema será allí el mejor? ¿Cuál para cuál jerarquía?

Por eso el debate debe comenzar con la mente abierta, con soluciones innovadoras, no con repeticiones de fórmulas que ya fracasaron.


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Alberto Borea Odría

Abogado en ejercicio, profesor universitario y autor de 17 obras. Diputado de la nación de 1985 a 1990 y embajador ante la OEA.